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Auxilios solidarios

Disfrute de nuestros auxilios solidarios, que permiten disminuir los gastos ocasionados a nuestros asociados y su grupo básico familiar por conceptos como:

Para solicitudes de auxilio solidario, el correo electrónico
es bienestarfecv@comfenalcovalle.com.co y el celular para tramitar solicitud de auxilio es: 3106382171 - 8862727 ext. 3822

Descripción

Modalidad de auxilio por excedentes de gastos ocasionados por hospitalización y cirugía (NO COPAGO).

Condiciones

  • Antigüedad mínima de 12 meses.
  • Cobertura para el asociado y su grupo básico familiar.
  • El auxilio es otorgado una vez al año por cada beneficiario.
  • Presentar documentos soporte:
    • Formato Solicitud de Auxilio diligenciado.
    • Copia de diagnóstico médico.
    • Factura original de los gastos adicionales pagados por la hospitalización o cirugía no cubiertos por el POS.
    • La factura debe tener una vigencia no mayor a treinta días al momento de la presentación del auxilio.
    • Cumplir con los deberes fundamentales de los asociados, denominados en el artículo 13. Numeral 4 de los estatutos del FECV.

COBERTURA
100% gastos
MÁXIMO A CUBRIR
$2.000.000

Descripción

Auxilio por concepto de montura de lentes ordenados clínicamente.

Condiciones

  • Antigüedad mínima de 12 meses.
  • Cobertura para el asociado y su grupo básico familiar.
  • La periodicidad de la solicitud del auxilio es una vez cada dos años por beneficiario.
  • Presentar documentos soporte:
    • Formato Solicitud de Auxilio diligenciado
    • Fórmula médica, No se aceptan cotización u orden de trabajo
    • Factura, donde se especifique claramente el valor de la montura de lentes.
    • La factura debe tener una vigencia no mayor a treinta días al momento de la presentación del auxilio.
    • Cumplir con los deberes fundamentales de los asociados, denominados en el artículo 13. Numeral 4 de los estatutos del FECV
COBERTURA
100%
MÁXIMO A CUBRIR
$100.000

Descripción

Auxilio por compra o alquiler de elementos que clínicamente estén autorizados para reparar o disminuir el daño de alguna parte del cuerpo humano, como caminadores, bastones, muletas, sillas de ruedas y camas hospitalarias o similares.

Condiciones

  • Antigüedad mínima de 12 meses.
  • Cobertura para el asociado y su grupo básico familiar.
  • El auxilio es otorgado una vez al año por cada beneficiario.
  • Presentar documentos soporte:
    • Formato Solicitud de Auxilio diligenciado
    • Copia de diagnóstico médico
    • Cotización de compra o alquiler de los implementos ortopédicos o factura original
    • La factura debe tener una vigencia no mayor a treinta días al momento de la presentación del auxilio.
    • Cumplir con los deberes fundamentales de los asociados, denominados en el artículo 13. Numeral 4 de los estatutos del FECV.

Nota: Se excluyen los aparatos ortopédicos necesarios para tratamientos odontológicos

COBERTURA
80%
MÁXIMO A CUBRIR
$1.000.000

Descripción

Auxilio otorgado al asociado, que se incapacite por causa de una enfermedad general.

Condiciones

  • Antigüedad mínima de 12 meses
  • La incapacidad debe ser mayor a 30 días
  • Se otorgan prorrogas sucesivas hasta 90 días de incapacidad al año.
  • Presentar documentos soporte:
    • Formato Solicitud de Auxilio diligenciado
    • Copia del certificado de incapacidad, radicada por la entidad de salud respectiva.
    • Presentar desprendibles de pago de los últimos 3 meses en el caso de devengar salario más horas extras o comisiones.
    • Nota: La fecha de solicitud del auxilio no debe ser superior a 30 días contados a partir del último día de la incapacidad.
VALOR MÁXIMO A CUBRIR EL VALOR DEJADO DE PERCIBIR DE ACUERDO AL INGRESO SALARIAL MAXIMO HASTA $300.000 POR CADA 30 DÍAS DE INCAPACIDAD, HASTA 90 DÍAS.

Descripción

Auxilio otorgado para los hijos de los asociados que nazcan durante la vigencia de afiliación.

Condiciones

  • Antigüedad mínima de 12 meses
  • Presentar documentos soporte
  • Formato de solicitud de auxilio diligenciado
  • Fotocopia de registro Civil de nacimiento o certificado de nacido vivo, no mayor a dos meses de su fecha de expedición.
  • Cumplir con los deberes fundamentales de los asociados, denominados en el artículo 13. Numeral 4 de los estatutos del FECV.
MÁXIMO A CUBRIR $250.000
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